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Principio 20

Acceso a servicios esenciales

Liberalización y privatización de los servicios públicos, incluido un uso excesivo y no responsable de las asociaciones público-privadas (por lo tanto, anteponer las ganancias a los intereses de las personas) privar a la sociedad y a la mayoría de la población de herramientas esenciales para satisfacer sus necesidades. Las necesidades insatisfechas, la falta de estructuras públicas asequibles y las disposiciones privadas demasiado costosas se encuentran en sectores cruciales que influyen en la calidad de vida de los europeos, como la salud y la atención, la educación y la formación, el cuidado de los niños y la vivienda.

Servicios públicos - que van desde la salud, el cuidado de niños y ancianos, la educación y la formación y los servicios de empleo, el transporte, el agua, los residuos, la energía, la vivienda social, la información y los servicios sociales hasta los sistemas de justicia y la infraestructura en su conjunto - representan la columna vertebral de la prestación europea de servicios y bienes comunes a ciudadanos y residentes. Los servicios públicos accesibles y de alta calidad y la provisión de bienes comunes son un derecho fundamental. Son esenciales para combatir las desigualdades y la exclusión social, garantizar la igualdad de trato y abordar los desafíos sociales, económicos, demográficos y medioambientales a los que se enfrenta Europa.

La vivienda social y la vivienda digna para todos los hogares es un pilar de muchos modelos sociales en Europa. En este sentido, y junto con las transiciones justas y la inclusión de la Agenda ONU 2030, debería hacerse más hincapié en la lucha contra la pobreza energética de los hogares.

Los Estados miembros podrían tomar medidas (también a lo largo del Semestre) para intervenir más activamente en el control y la configuración del mercado inmobiliario privado, por ejemplo, mediante permisos de construcción, controles de alquiler, impuestos sobre segundas propiedades, etc., y para evitar la especulación.

En general, los Principios 19 y 20 deben interpretarse como un puente entre la Agenda ONU2030 y el EPSR para prevenir la pobreza, eliminar el hambre y las privaciones, promover la buena salud, garantizar la igualdad de oportunidades y ciudades y agricultura sostenibles. El derecho humano al agua y al saneamiento, reconocido por Naciones Unidas en los Objetivos de Desarrollo Social (ODS), debe estar respaldado por propuestas concretas para que sea accesible para todos.

Los trabajadores locales, los trabajadores móviles y los trabajadores migrantes, independientemente de su situación migratoria o nacionalidad, deben tener los mismos derechos y deben beneficiarse de un trato igualitario, empleos de calidad y condiciones de trabajo decentes, mientras que todos deben tener los mismos derechos a una vivienda adecuada, segura y asequible y Protección social.

Algunas prioridades que también pueden promoverse mediante una cooperación más estrecha entre los Estados miembros y, cuando sea necesario, conduciendo a la legislación de la UE:

  • Promover los servicios sociales universales como servicios públicos, organizados colectivamente sobre la base de los principios del servicio público y respaldados por marcos legales claros.
  • Luchar contra los recortes presupuestarios en los servicios sociales y por la financiación y el personal adecuados para los servicios sociales. Apoyar el acceso a la formación y las cualificaciones, mayores niveles de profesionalización, representación y defensa de los derechos de los trabajadores por parte de los sindicatos; y desarrollar políticas efectivas de contratación y retención en todos los niveles.
  • Perseguir la profesionalización de estos trabajos para mejores garantías colectivas. Incrementar la cobertura de la negociación colectiva.
  • Mejorar las condiciones laborales en el sector de atención a las personas, sobre todo colmando las brechas entre migrantes y trabajadores locales.
  • Abogar por el desarrollo, la implementación y el seguimiento de estándares para la calidad de los servicios y empleos, basándose en el marco voluntario de calidad de la UE para los servicios sociales de interés general (SSIG), que reconoce la necesidad de servicios y empleo de alta calidad.

Acciones destinadas a establecer un piso mínimo de derechos en la UE, igualdad de condiciones en el mercado único

  1. Explorar la viabilidad de los instrumentos legales de la UE sobre servicios públicos, basados ​​en el artículo 14 del Tratado, para desarrollar marcos regulatorios para los proveedores de servicios públicos.
  2. Incorporar el principio 19 en las Directivas de la UE sobre el acceso y las condiciones laborales de los nacionales de terceros países por motivos de empleo. .

Acciones encaminadas a establecer una convergencia ascendente en las condiciones de vida y de trabajo

  1. Véase también Plan de acción contra la pobreza. Puede incluir objetivos de inversión pública en vivienda social.
  2. Desarrollar parámetros de referencia para el gasto público dentro del Pacto de Estabilidad y Crecimiento para garantizar la financiación necesaria para servicios públicos universales, asequibles y de alta calidad (por ejemplo, a través de la “regla de oro”).
  3. Debe garantizarse el acceso a una vivienda digna.
  4. Apoyar iniciativas para integrar elementos de servicio público y derechos fundamentales en iniciativas sectoriales relevantes de la UE.